Cuando condenamos las lapidaciones de mujeres, cuando legislamos contra la ablación del clítoris y estas bestiales agresiones nos parecen tan lejanas culturalmente…
Cuando todo esto nos parece tan lejano de nuestras sociedades las mujeres sufren, en el mundo occidental una fuerte discriminación por razón de género que se hace especialmente patente en las agresiones sexuales, sobre ellas, sobre nosotras, siempre pesa la culpabilizante idea de «algo habrá hecho», no ayudan a la normalización autoridades que hacen referencia a la ropa que vestía la agredida, o como es de liberal en sus relaciones. Esto ocurre en el primer mundo, con las mujeres violadas, y es un ejemplo feroz de discriminación.
En Estados Unidos, cuna de los Derechos Humanos, desde la Declaración de Derechos del Hombre y el ciudadano, hay mujeres que se enfrentan a una doble discriminación: son mujeres y son indígenas, ellas, además son un colectivo de alto índice de abuso sexual, que, en muchos de los casos, culmina en muerte de la agredida. Ante esta cruda y desgarradora realidad Amnistía Internacional ha elaborado un informe sobre la «Falta de protección de las mujeres indígenas frente a la violencia sexual» el cual destaca que las mujeres indígenas se enfrentan, por un lado a la misma violencia sexual que el resto de las mujeres por parte de sus maridos, conocidos o familiares, no obstante se enfrentan a una mayor desprotección cuando este abuso procede de un no indígena. Las autoridades se inhiben de actuar y ellas, vistos los precedentes de no-actuación, deciden no denunciar dada la falta de apoyo y atención como pone de relieve el relato de una trabajadora de apoyo de los indígenas de Alaska de identidad no revelada que recoge el trabajo de Amnistía Internacional»En julio de 2006, una mujer indígena de Fairbanks, en Alaska, denunció a la policía que la había violado un hombre no indígena. La mujer facilitó una descripción del presunto agresor y agentes de la policía municipal le dijeron que iban a buscarlo. Aguardó el regreso de los agentes pero, como no volvían, se dirigió al servicio de urgencias para recibir tratamiento. Una trabajadora de apoyo señaló a Amnistía Internacional que la mujer tenía contusiones en todo el cuerpo y que estaba tan traumatizada que hablaba muy deprisa. Dijo que, aunque la mujer no estaba borracha, el Equipo de Respuesta a Agresiones Sexuales «la trató de entrada como a una indígena borracha y sólo después como a una víctima de violación». La trabajadora de apoyó contó que habían dado a la mujer algunos analgésicos y algo de dinero para que fuera a un refugio para personas no indígenas, donde la rechazaron porque creyeron también que estaba borracha: «Ésta es la razón por la que las mujeres indígenas no presentan denuncias. Esta circunstancia está creando un caldo de cultivo para las agresiones sexuales.»
En las propias palabras de Amnistía Internacional: «Todas las mujeres tienen derecho a sentirse seguras y a no sufrir violencia, y las autoridades tienen la responsabilidad de garantizarles el disfrute de este derecho. Este Informe pone de manifiesto que el gobierno de Estados Unidos no está cumpliendo con su obligación de garantizar este derecho, una obligación contraída en virtud del Derecho Internacional» desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Esta situación es especialmente grave cuando tenemos en cuenta que es obligación de todos los gobiernos preservar el ejercicio de los derechos de sus ciudadanos y protegerlos, algo que no se está cumpliendo con las mujeres de Estados Unidos, ya que no se protegen sus derechos a la integridad de otros de sus derechos ya que no hacen caso de las pocas denuncias que ellas llegan a interponer dejándolas en la más grande indefensión.
Estas agresiones sexuales se perpetúan en Estados Unidos desde los tiempos de la Conquista de los territorios como herramienta de dominación de un pueblo, pretendidamente más débil, que, ahora resulta serlo por la falta de protección de su integridad y derechos, policial y jurisdiccional.
En relación con las agresiones sexuales a mujeres en la ex-Yugoslavia se pronunció, el Tribunal Penal Internacional confirmando que un principio clave sobre la violación en el derecho penal de todo el mundo es que «las violaciones graves de la autonomía sexual deben ser sancionadas. La autonomía sexual se viola siempre que la persona sometida al acto no haya dado libremente su consentimiento o no haya participado de algún otro modo de propia voluntad».
Es el Derecho Internacional de los Derechos Humanos quien obliga a los Gobiernos de los Estados a dar protección actuando con la debida diligencia, ya sea por daño ocasionado por un agente del Estado o un civil. En este caso las mujeres indígenas se enfrentan a una doble dejación o una doble discriminación por parte de las autoridades, la que proviene de ser de raza indígena, con todos los prejuicios que eso conlleva y la de ser mujeres.
La adecuada protección y la diligencia debida pasa por la actuación inmediata en el tiempo y efectiva, no basta que una mujer interponga una demanda si nada se hace de ella, las autoridades tienen la obligación de cursar esta denuncia, investigar el caso, apresar al presunto culpable y someterle a un juicio justo del que se sustraiga, en su caso, una condena adecuada y conforme a la ley del Estado en que se cometió el delito. Todo ello con independencia de que la víctima sea indígena o no, con independencia, igualmente, de que el agresor sea indígena o no.
Para ello, destaca Amnistía Internacional que es preciso capacitar a los agentes no indígenas de cómo trabajar con personas indígenas y comprender sus normas de conducta y sus costumbres. De igual modo se destaca la importancia de la prueba forense con independencia de que en el momento de la atención médica la víctima haya presentado o no denuncia, como único modo de asegurar la investigación en caso de una posterior denuncia por parte de la agredida.
Esto queda mejor explicado con el ejemplo real siguiente:
Una niña indígena de Alaska manifestó a Amnistía Internacional que el examen forense de su agresión sexual lo realizó un médico joven y blanco, aunque ella había pedido que se encargara una mujer. Agregó que el doctor le dijo que era la primera vez que hacía un examen forense de ese tipo y le preguntó si era la primera vez que la violaban.
Entrevista (identidad no revelada), 24 de mayo de 2005
Esto pone de relieve otro problema subyacente en todos los casos de violación: el después, la necesidad de una ayuda, una prestación psicológica para que la agredida supere este episodio de su vida. Esta es imposible en caso de no existir denuncia, igualmente es impracticable en caso de que la autoridad competente inhiba su actuación. La atención a las personas supervivientes que se encuentran en estos casos es vital, como parte esencial de la salud es la salud mental.
A todas estas consideraciones hay que añadir problemas de jurisdicción que a éstos efectos no deben preocuparnos, nos debe preocupar la efectiva protección de los derechos de las mujeres indígenas o no en Estados Unidos o en cualquier otro país.
Ante esta escalofriante situación de las mujeres indígenas en Estados Unidos Amnistía Internacional ha puesto en marcha, como en tantas ocasiones, un Plan «ACTÚA» en el que se pide la intervención de ciudadanos de todos los países del mundo para pedir que tanto particulares, como gobiernos y la comunidad internacional tomen medidas al respecto.